Suprema Corte invalida ley de Sonora que exigía autorización para realizar protestas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una reforma en Sonora que obligaba a los ciudadanos a solicitar autorización previa para llevar a cabo manifestaciones y protestas sociales. Por unanimidad, el pleno invalidó el artículo 109 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado, al considerar que viola los derechos a la libertad de expresión y de reunión. La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que argumentó que el precepto era discriminatorio y generaba una preferencia arbitraria. El ministro ponente, Irving Espinosa Betanzo, señaló que la protesta es un derecho autónomo y una pieza central de la democracia. Sostuvo que el requisito de autorización previa es "vago, habilita discrecionalidad amplia y funciona como un mecanismo de control previo incompatible con la protesta". La ministra Lenia Batres Guadarrama coincidió, afirmando que la norma generaba incertidumbre jurídica y podía inhibir el ejercicio del derecho a la protesta, funcionando como un "mecanismo de censura previa". Por su parte, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, enfatizó que la manifestación es un derecho ciudadano para participar en la vida pública. La Corte determinó que, si bien el aviso a las autoridades para la logística es válido (artículo 110), este no puede ser interpretado como un requisito habilitante ni una autorización encubierta, y su falta no puede ser motivo para impedir o disolver una manifestación.


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