Entre las medidas clave, se obliga a todas las unidades de transporte y distribución de Gas LP a contar con aditamentos de control de velocidad, conocidos como “gobernadores de velocidad”, y con sistemas de GPS para un monitoreo constante desde un centro de vigilancia en la Secretaría de Energía (SENER). La secretaria de Energía, Luz Elena González, detalló que las normas NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025 también exigirán programas de mantenimiento más rigurosos, cuya comprobación deberá presentarse ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA). A diferencia de la regulación anterior, que solo requería inspecciones visuales externas, ahora serán obligatorias las inspecciones internas y pruebas de presión hidrostática periódicas. Además, se establecerá un estándar de competencia para la capacitación técnica y práctica de los operadores, con acreditación del CONOCER. Estas medidas se complementarán con la implementación de códigos QR en todos los autotransportes para verificar permisos y el origen del combustible. El plazo de cumplimiento será de cuatro meses para las unidades de transporte y se implementará de forma escalonada para las de distribución.