Por un lado, busca fortalecer el derecho humano al agua, estableciendo en su artículo 9 que los organismos operadores "no podrán suspender totalmente el suministro de agua potable y el servicio de saneamiento por falta de pago", debiendo garantizar una cantidad mínima para consumo básico. Además, crea un capítulo de "delitos hídricos" con penas de hasta 10 años de prisión para la explotación, extracción y traslado ilegal de aguas nacionales.

Por otro lado, ha despertado una fuerte preocupación en el sector agrícola.

Líderes como Arturo González Ruiz, del Consejo Estatal Agropecuario de Chihuahua, advierten que la prohibición de transmitir derechos de agua "pone en riesgo la producción y la seguridad del productor", ya que estos títulos son una "herramienta de movilidad" y a menudo funcionan como garantía para obtener financiamiento. A estas críticas se suman especialistas y colectivos que, si bien apoyan la regulación, señalan que la iniciativa mantiene "disposiciones neoliberales establecidas en 1992", como la vigencia de concesiones por hasta 30 años con derecho a prórroga, lo que consideran una de las principales causas del acaparamiento.