En casos agravados, como realizar estas actividades con armas de fuego o con fines de lucro, la pena puede aumentar hasta 15 años. Si se afecta un Área Natural Protegida, la sanción será de seis a 20 años de cárcel y multas de hasta diez mil días. Además, se tipifica como delito la generación o difusión de información falsa para obtener certificados de desempeño ambiental. Aunque la reforma fue celebrada como un paso para terminar con la “impunidad ambiental”, legisladores de oposición como Diana Gutiérrez (PAN) e Iraís Reyes (MC) advirtieron que el endurecimiento de penas es insuficiente si no se acompaña de un fortalecimiento presupuestal para las instituciones encargadas de la vigilancia, como la Profepa y la Conafor, las cuales, afirmaron, han sido debilitadas.