Para el registro se aceptarán la credencial para votar (INE), el pasaporte o la CURP biométrica. En el caso del trámite en línea, se requerirá una “prueba de vida”, como una selfie, para validar la identidad del usuario. Según la disposición oficial, una persona física podrá vincular un máximo de 10 líneas a su nombre y será responsable del uso de las mismas, incluso si son para menores de edad. Una vez suspendida una línea por falta de registro, el usuario solo podrá realizar llamadas a números de emergencia hasta que complete el proceso. Esta nueva regulación representa un cambio significativo en la forma en que los usuarios gestionan sus servicios de telefonía, con el objetivo de crear un padrón de usuarios más seguro y controlado por las autoridades.