La resolución fue aprobada por una mayoría de seis magistrados, quienes votaron en contra de la propuesta del magistrado Reyes Rodríguez. Él argumentaba que la regla era inconstitucional y representaba una forma de "censura previa" que atentaba contra la libertad de expresión. El artículo 2 de los lineamientos éticos de Morena establece que son conductas contrarias al partido "las declaraciones públicas que desacrediten a otras personas militantes o las decisiones colectivas del movimiento sin agotar previamente las instancias internas". El argumento de la mayoría del TEPJF fue que el tribunal no podía interferir en la autoorganización de los partidos y que la norma no limitaba la libertad de expresión ni impedía la disidencia, sino que buscaba fortalecer la unidad y la convivencia interna. Esta decisión llega en un momento en que las acusaciones entre liderazgos de Morena han ido en aumento, como el caso del escándalo de Hernán Bermúdez en Tabasco, revelado por el gobernador Javier May en un contexto de enfrentamiento con el senador Adán Augusto López.

La medida busca frenar estas tensiones públicas, aunque sus críticos la ven como una herramienta para sofocar el debate y la crítica interna, consolidando una estructura de poder más vertical dentro del partido.