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Usuarios de telefonía móvil en México deberán registrar sus líneas en 2026 para evitar la suspensión del servicio

A partir de enero de 2026, el gobierno de México implementará un padrón obligatorio para que todos los usuarios de telefonía móvil vinculen su línea a una identidad verificable. La medida busca combatir delitos como la extorsión y el fraude, estableciendo un plazo y consecuencias claras para quienes no cumplan.
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Como parte de una estrategia del gobierno federal para combatir delitos como la extorsión y el fraude, a partir del 9 de enero de 2026 entrará en vigor el registro obligatorio de todas las líneas de telefonía móvil en México. El objetivo es que cada número, tanto de prepago como de pospago, esté asociado a una identidad verificable, eliminando el anonimato en el uso de los servicios de telecomunicaciones. Los usuarios tendrán un plazo de 120 días para realizar el trámite, con fecha límite el 29 de junio de 2026. Las autoridades han aclarado que no se aplicarán multas económicas a quienes no realicen el registro; sin embargo, la única sanción prevista es la suspensión total del servicio a partir del 30 de junio de 2026. Las líneas suspendidas no podrán realizar ni recibir llamadas o mensajes de texto (SMS), a excepción de las llamadas a números de emergencia como el 911. El servicio se restablecerá una vez que el usuario complete el proceso de vinculación. El trámite, que será gratuito, podrá realizarse de forma presencial en los Centros de Atención a Clientes de cada compañía o a través de las plataformas digitales que los operadores habiliten. Para las personas físicas, los documentos requeridos son una identificación oficial vigente (INE o pasaporte) y la Clave Única de Registro de Población (CURP). En el caso de las personas morales (empresas), se deberá presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la identificación del representante legal y un documento que acredite su personalidad jurídica. La responsabilidad de registrar las líneas corporativas recae en la empresa y no en el empleado. La normativa establece que una persona física podrá registrar un máximo de 10 líneas a su nombre, haciéndose responsable del uso de cada una.

Este límite no aplicará para personas morales ni para personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán acreditar su situación fiscal.

Las compañías como Telcel, AT&T, Telefónica y Altán Redes serán las encargadas de recopilar y resguardar la información de sus usuarios conforme a la ley de protección de datos personales.

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