La Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a México por el feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade



La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció al Estado mexicano por su responsabilidad internacional en la desaparición, tortura sexual y feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, una joven de 17 años, madre de dos hijos y trabajadora de una maquiladora en Ciudad Juárez. Los hechos ocurrieron en febrero de 2001 en un contexto que el tribunal describió como de "violencia de género y de impunidad generalizada". Esta es la segunda condena que recibe México por feminicidios en esa ciudad, después del emblemático caso “Campo Algodonero” de 2009. El tribunal determinó que las autoridades mexicanas incumplieron con su deber de debida diligencia al no actuar de manera oportuna y eficaz tras el reporte de desaparición de Lilia Alejandra el 14 de febrero de 2001. Su cuerpo fue hallado una semana después con signos de violencia extrema. La Corte señaló que la investigación careció de un enfoque de género y no consideró los factores de vulnerabilidad de la víctima, lo que constituyó una tolerancia estatal frente a los actos de tortura y violencia sexual que sufrió. La sentencia también responsabiliza al Estado por la falta de protección a Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, quien en su búsqueda de justicia se convirtió en defensora de derechos humanos y fue víctima de amenazas y atentados que la obligaron a desplazarse junto a sus nietos. La Corte reconoció las violaciones a los derechos de los padres de Lilia y de sus hijos, Jade y José Caleb, quienes quedaron en orfandad y en situación de desprotección institucional. Como parte de las reparaciones, la Corte IDH ordenó a México continuar las investigaciones para sancionar a los responsables materiales e intelectuales, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, y fortalecer sus políticas para prevenir la violencia de género. Además, se deberá mejorar la implementación del Protocolo Alba, adoptar medidas para proteger a los huérfanos por feminicidio e integrar en la ley los conceptos de “madres buscadoras” y “madre de víctima de feminicidio” para garantizar su acceso a mecanismos de protección.

















