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Aguinaldo 2025: Lo que Todo Trabajador Debe Saber sobre su Cálculo, Impuestos y Defensa de sus Derechos

El aguinaldo representa una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores en México, y su correcta entrega y cálculo, incluyendo las obligaciones fiscales, son temas de gran relevancia al acercarse el fin de año.
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El aguinaldo es un derecho irrenunciable para los trabajadores formales en México, estipulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Aunque originalmente era una gratificación voluntaria, se convirtió en una prestación obligatoria desde 1970.

Todos los empleados, ya sean de base, confianza, sindicalizados, por obra, tiempo determinado o eventuales, tienen derecho a recibirlo. Los empleadores tienen la obligación de pagarlo antes del 20 de diciembre, y su incumplimiento puede acarrear multas significativas para la empresa.

Por ley, el monto mínimo del aguinaldo equivale a 15 días de salario. Si un trabajador laboró el año completo, el cálculo consiste en multiplicar su salario diario por 15. No obstante, el patrón puede otorgar un monto superior si así lo estipula el contrato. Para quienes no cumplieron el año de servicios, ya sea por renuncia o por haber ingresado a la empresa durante el año, tienen derecho a recibir una parte proporcional. Este cálculo se obtiene dividiendo el aguinaldo anual entre 365 días y multiplicando el resultado por el número de días efectivamente trabajados. Es importante destacar que periodos como vacaciones, licencias de maternidad o paternidad e incapacidades por riesgo de trabajo se consideran días laborados para este cálculo.

El aguinaldo está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), aunque no en su totalidad.

La ley contempla una exención fiscal equivalente a 30 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que para 2025 se sitúa en $3,374.20 pesos, según una de las fuentes.

El ISR se aplica únicamente sobre la cantidad que exceda dicho monto exento. Por ejemplo, si un trabajador recibe $10,000 de aguinaldo, el impuesto se calculará sobre la base de $6,625.80. Se aclara que no se trata de un impuesto nuevo, sino de una disposición ya existente.

Existe una iniciativa que busca eliminar este descuento, pero hasta el momento es solo una propuesta.

En caso de no recibir el aguinaldo o recibirlo de forma incompleta, los trabajadores tienen un plazo de un año a partir del 20 de diciembre para reclamar el pago.

El patrón no puede argumentar dificultades económicas para omitir o reducir esta prestación.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asistencia legal gratuita para orientar y apoyar a los empleados en el proceso de reclamación.

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