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Giro en la Corte: Impulso de Ministra Pone en la Mira Deuda Fiscal Millonaria de FEMSA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha revertido su decisión inicial y, a solicitud de la Ministra Lenia Batres, ha resuelto atraer para su revisión un caso de presunto adeudo fiscal millonario de la empresa FEMSA, sentando un posible precedente sobre la intervención del máximo tribunal en disputas fiscales de gran cuantía.
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En un cambio de postura notable, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer la revisión de un presunto adeudo fiscal de 2,868 millones de pesos de la empresa FEMSA, correspondiente al ejercicio de 2011. La resolución se produjo el 13 de noviembre con seis votos a favor y tres en contra, apenas siete días después de que, el 6 de noviembre, el pleno hubiera rechazado el mismo asunto con una votación de ocho contra uno. El giro fue impulsado por la Ministra Lenia Batres, quien había sido la única disidente en la primera votación y posteriormente solicitó formalmente la atracción del caso.

El expediente en cuestión es el recurso de revisión fiscal 320/2024, proveniente del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa. La discusión central gira en torno a si la SCJN debe intervenir y emitir un pronunciamiento de fondo en casos de adeudos fiscales de "cuantía extraordinaria" que excedan el tope legal previsto, que generalmente es de 395 mil pesos para que el Gobierno pueda impugnar ante el Poder Judicial Federal (PJF) una resolución adversa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Históricamente, la Corte ha sostenido que el monto económico no es un criterio suficiente para justificar su facultad de atracción.

Sin embargo, este caso podría establecer un nuevo precedente que le permita resolver disputas fiscales multimillonarias.

Al atraer el caso, la SCJN deberá analizar todos los elementos del litigio, incluyendo las pruebas y argumentos presentados tanto por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como por FEMSA, dueña de la cadena Oxxo. Como antecedente, FEMSA había ganado el caso en primera instancia.

En junio de 2024, el TFJA anuló el crédito fiscal argumentando dos puntos clave: la caducidad de las facultades de comprobación del SAT sobre una operación denominada "bono segregable" y que se estaba realizando un doble cobro de un monto correspondiente al ejercicio de 2005 que ya había sido previamente invalidado.

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