El Tribunal Electoral anula la elección en Tamiahua y valida el triunfo de Movimiento Ciudadano en Jáltipan



La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección municipal de Tamiahua, Veracruz, debido a que la candidata ganadora del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Citlalli Medellín, rebasó el tope de gastos de campaña. La decisión se tomó tras una impugnación presentada por Morena y el Partido del Trabajo, aliados del PVEM a nivel federal pero competidores en esta localidad.
Los magistrados determinaron que Medellín excedió el límite de gastos en un 63.73%, equivalente a más de 108 mil pesos, lo cual fue calificado como una violación grave, sustancial y dolosa que afectó la equidad en la contienda. El gasto no reportado se destinó principalmente a propaganda, como banderas y playeras, lo que, según el tribunal, tuvo un impacto significativo en un municipio con altos índices de pobreza. Con esta resolución, el TEPJF revocó las sentencias previas del tribunal local y de la Sala Regional Xalapa, que habían validado la elección a pesar de reconocer el rebase. Como consecuencia, el Congreso de Veracruz deberá nombrar un Concejo Municipal para administrar Tamiahua a partir del 1 de enero, mientras se convoca a una elección extraordinaria. En la misma sesión, la Sala Superior del TEPJF también resolvió el caso del municipio de Jáltipan, donde revocó la anulación de la elección que previamente habían dictaminado las instancias locales.
De esta manera, se restituyó el triunfo a Gildardo Maldonado Guzmán, candidato de Movimiento Ciudadano (MC). La anulación inicial se había basado en una denuncia por violencia política de género presentada por la candidata de Morena, Mildred May de la Cruz. Sin embargo, los magistrados federales consideraron que, aunque se acreditó una publicación que constituía violencia de género al subordinar a la candidata a una figura masculina, la infracción no fue sistemática ni generalizada. El tribunal argumentó que para anular una elección por esta causa, la violación debe ser sustancial y determinante, lo cual no se configuró en este caso, validando así el resultado a favor de MC a unas horas de que iniciara el nuevo gobierno municipal.
















