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El SAT y el Impuesto a Depósitos en Efectivo: Entre la Desinformación y la Realidad Fiscal

Recientemente, ha circulado información errónea sobre la supuesta creación de un nuevo impuesto del SAT a los depósitos en efectivo, generando incertidumbre entre los contribuyentes. Sin embargo, la autoridad fiscal ha desmentido categóricamente estas versiones, aclarando la situación actual.
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Durante los últimos días, se difundió en redes sociales y algunos medios de comunicación la noticia de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) había implementado un nuevo impuesto del 3% sobre los depósitos en efectivo que superaran los $15,000 pesos mensuales.

Esta información, que causó preocupación generalizada, es falsa.

El SAT ha aclarado oficialmente que no existe ningún nuevo impuesto sobre los depósitos en efectivo. La confusión surge a raíz del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), una ley que estuvo vigente del 1 de julio de 2008 al 31 de diciembre de 2013 y que sí aplicaba un gravamen del 3% sobre los depósitos mayores a $15,000 pesos. No obstante, dicha ley fue abrogada y dejó de tener efecto desde el 1 de enero de 2014, por lo que cualquier publicación que afirme su vigencia promueve la desinformación. Lo que sí establece la legislación actual, específicamente el artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), es la obligación para las instituciones financieras de reportar al SAT, de manera informativa, los depósitos en efectivo que superen los $15,000 pesos mensuales por contribuyente. Este reporte debe ser enviado anualmente, a más tardar el 15 de febrero del año siguiente.

Es crucial entender que esta es una medida de fiscalización para detectar posibles irregularidades y no implica el cobro automático de un impuesto. Por otro lado, el Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 59, faculta al SAT para presumir que los depósitos no registrados en la contabilidad de un contribuyente son ingresos omitidos, siempre y cuando este no pueda justificar su origen durante un proceso de auditoría. En tal caso, la autoridad puede determinar créditos fiscales o sanciones, pero esto deriva de la aplicación de las normativas vigentes y no de la creación de un nuevo impuesto. Para aclarar dudas, los contribuyentes pueden acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para recibir asesoría gratuita.

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