Cooperación Penitenciaria: El Traslado de Reos entre México y EE. UU. bajo el Tratado Bilateral



El pasado 5 de diciembre, el gobierno de Estados Unidos transfirió a 14 reclusos de nacionalidad mexicana para que cumplan el resto de sus sentencias en México. De acuerdo con el Departamento de Justicia estadounidense (DOJ), todos los internos cumplían condenas federales por delitos de distribución de drogas, portación ilegal de armas de fuego, o ambos. El traslado, que fue aprobado por ambos gobiernos, se efectuó a petición de los propios reclusos, a quienes les restan entre 22 meses y cuatro años y medio de pena por cumplir. Esta acción se enmarca en el Tratado Internacional de Transferencia de Prisioneros vigente entre ambas naciones, gestionado a través del Programa Internacional de Transferencia de Prisioneros. La Unidad Internacional de Transferencia de Prisioneros del DOJ es la encargada de administrar estas solicitudes.
Bajo este mecanismo, los extranjeros que cumplen los requisitos y se encuentran bajo custodia federal o estatal en Estados Unidos pueden solicitar ser trasladados a su país de origen para finalizar sus condenas.
El tratado es recíproco, permitiendo también que ciudadanos estadounidenses encarcelados en el extranjero pidan su retorno.
En este contexto, Estados Unidos recibió a tres de sus ciudadanos condenados por tráfico de sustancias controladas. Estados Unidos mantiene acuerdos similares con más de 85 países a través de diez tratados bilaterales y dos convenios multilaterales.
Este es el tercer intercambio de este tipo realizado en el año, después de los ocurridos en abril y agosto. Un traslado previo en agosto, también de 14 personas, fue presentado como un ahorro de cuatro millones de dólares para las arcas públicas estadounidenses. Las autoridades no revelaron la identidad de los 14 mexicanos trasladados ni los centros penitenciarios a los que fueron enviados.


















